Se insta a los Estados a aceptar las enmiendas al Tratado para ampliar el Consejo de la OMI

Se está instando a los Estados miembros de la Organización Marítima Internacional (OMI) a que acepten las enmiendas al Convenio de la OMI lo antes posible, con el fin de ampliar el tamaño del Consejo de la OMI a 52, para reflejar el aumento de miembros de la OMI.

El texto de las enmiendas, que fueron adoptadas por la Asamblea de la OMI en diciembre de 2021, se ha distribuido ahora a través de las Naciones Unidas (C.N.46.2022), en las lenguas auténticas árabe, china, española, francesa, inglesa y rusa.

El Secretario General de las Naciones Unidas actúa como depositario del Convenio de la OMI. El Convenio de la OMI se adoptó en 1948, estableciendo la OMI (el nombre original era Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (OCM) – se cambió a OMI en 1982).

Las enmiendas al Convenio de la OMI ampliarán el tamaño del Consejo de 40 a 52 miembros; extenderán el mandato de sus miembros a cuatro años; y reconocerán tres textos lingüísticos adicionales como versiones auténticas del Convenio de la OMI.

La ampliación del Consejo refleja el aumento del número de miembros de la OMI en las últimas décadas. Apoyará la consecución de un Consejo representativo, equilibrado, diverso y eficiente, que pueda apoyar los intereses de todos los miembros y garantice la representación de las principales zonas geográficas del mundo.

Las enmiendas a los artículos 16, 17, 18, 19(b) y 81 del Convenio sobre la Organización Marítima Internacional requieren la aceptación de dos tercios de los miembros de la OMI, o de 117 Estados miembros (sobre la base de los actuales 175 Estados miembros) para su entrada en vigor.

La Asamblea de la OMI adoptó una resolución en la que instaba a los Miembros de la Organización a aceptar las enmiendas lo antes posible, con el objetivo de que entren en vigor en 2025 (Resolución A.1172(32)).

Ampliación del Consejo
Tras la entrada en vigor de las enmiendas, el Consejo de la OMI aumentará en 12 Estados miembros, pasando de los 40 actuales a 52. Con la ampliación del Consejo de la OMI se asignarán 12 puestos a las categorías (a) y (b) y 28 puestos a la categoría (c).

Las categorías son:
(a) – Estados con mayor interés en la prestación de servicios de transporte marítimo internacional.

(b) – Estados con el mayor interés en el comercio marítimo internacional cada uno;

(c) – Estados no elegidos en virtud de los apartados (a) o (b) anteriores, que tengan intereses especiales en el transporte o la navegación marítimos y cuya elección para el Consejo garantice la representación de todas las principales zonas geográficas del mundo.

Duración del mandato de los miembros
De acuerdo con las enmiendas, los miembros del Consejo permanecerían en sus funciones hasta el final de las dos siguientes sesiones ordinarias consecutivas de la Asamblea, tras lo cual podrían ser reelegidos. Dado que las Asambleas suelen celebrarse cada dos años, esto significaría en general que los miembros cumplirían un mandato de cuatro años.

Otras lenguas auténticas
En el espíritu del multilingüismo adoptado por el sistema de las Naciones Unidas, la Asamblea de la OMI adoptó una enmienda al Convenio de la OMI, de manera que el árabe, el chino y el ruso, (que ya son idiomas oficiales de la Organización), se añadirán como textos auténticos del Convenio de la OMI, complementando los actuales textos auténticos en inglés, francés y español.

Miembros actuales del Consejo
La lista de los miembros actuales del Consejo puede encontrarse aquí.

Referencia: imo.org

ibemar.net

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