OMI: Lista de enmiendas que se espera entren en vigor en 2021 y en los próximos años

Enmiendas al anexo II del MARPOL para reforzar, en determinadas zonas marítimas, los requisitos de descarga de residuos de carga y lavado de tanques que contengan productos flotantes persistentes de alta viscosidad y/o alto punto de fusión que puedan solidificarse en determinadas condiciones (por ejemplo, ciertos aceites vegetales y cargas de tipo parafínico), a raíz de la preocupación por el impacto ambiental de las descargas permisibles.

Las enmiendas añaden nuevos párrafos a la Regla 13 del Anexo II del MARPOL – Control de las descargas de residuos de sustancias nocivas líquidas, para exigir el prelavado y la descarga de la mezcla de residuos/agua generada durante el prelavado a una instalación receptora, para productos específicos, en zonas especificadas (aguas de Europa noroccidental, zona del Mar Báltico, aguas de Europa occidental y el Mar de Noruega).

1 de enero de 2021 – Código IBC, código IMSBC, código ESP
Adoptado por el MSC 101:

  • Un amplio conjunto de enmiendas al Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Buques que Transporten Productos Químicos Peligrosos a Granel (Código IBC), incluidos los capítulos revisados 17 (Resumen de las prescripciones mínimas), 18 (Lista de productos a los que no se aplica el código), 19 (Índice de productos transportados a granel) y 21 (Criterios para asignar las prescripciones de transporte de los productos sujetos al Código IBC).
  • La edición consolidada del Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC), que incorpora la enmienda 05-19. Las enmiendas de 2019 incluyen actualizaciones de varios programas, como el nuevo programa individual para las MULTAS DE BAUXITO como carga del Grupo A, así como enmiendas editoriales. Las enmiendas se incorporan en un Código IMSBC consolidado, para incluir todas las enmiendas hasta la fecha, desde que el Código IMSBC fue adoptado por primera vez en 2008.
    Enmiendas al Código Internacional sobre el Programa Mejorado de Inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011), para actualizar el Código.

1º de abril de 2022
Adoptado por el MEPC 75:

Enmiendas al Anexo VI del MARPOL sobre la definición del contenido de azufre y la toma de muestras

  • Enmiendas a la Regla 2 «Definiciones», para incluir nuevas definiciones de «Contenido de azufre del fueloil», es decir, la concentración de azufre en cualquier fueloil, medida en % m/m según se haya ensayado de conformidad con una norma aceptable para la Organización; «Combustible de bajo punto de inflamación», es decir, el combustible gaseoso o líquido que tenga un punto de inflamación inferior al permitido en el párrafo 2. 1.1 de la regla II-2/4 del Convenio SOLAS; por «muestra entregada por el MARPOL» se entenderá la muestra de fueloil entregado de conformidad con la regla 18.8.1 del Anexo VI del MARPOL; por «muestra en uso» se entenderá la muestra de fueloil en uso en un buque; y por «muestra a bordo» se entenderá la muestra de fueloil destinado a ser utilizado o transportado para su uso a bordo de ese buque.
  • Muestreo y pruebas de fueloil – enmiendas a la Regla 14 «Óxidos de azufre (SOX) y partículas», para añadir nuevos párrafos relativos al muestreo y pruebas de fueloil en uso y a bordo, para añadir nuevos párrafos para exigir que se instalen o designen uno o más puntos de muestreo con el fin de tomar muestras representativas del fueloil que se utilice o se transporte para su utilización a bordo del buque. Se tomarán muestras representativas del fueloil que se utilice a bordo a fin de verificar que el fueloil cumple con la normativa.
  • Enmiendas del Apéndice I al certificado de Prevención Internacional de la Contaminación Atmosférica (IAPP) – Enmiendas consiguientes para actualizar el certificado IAPP a fin de añadir una referencia a los puntos de muestreo y también para señalar dónde hay una exención a la disposición relativa al combustible de bajo punto de inflamación.
  • Apéndice VI sobre el procedimiento de verificación del combustible para las muestras de fueloil del anexo VI del MARPOL – Enmiendas consiguientes a los procedimientos de verificación, para abarcar la verificación de las muestras representativas de fueloil en uso y de fueloil a bordo.

1º de junio de 2022
Adoptado por el MEPC 75:
Enmiendas a la Convención sobre armas biológicas y toxínicas

  • Enmiendas al Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004 (Convenio BWM), relativas al encargo de pruebas de sistemas de gestión del agua de lastre y al formulario del Certificado internacional de gestión del agua de lastre.

1º de junio de 2022 – Código IMDG 40-20
Adoptado por el MSC 102:

  • Enmiendas al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) (enmienda 40-20) relativas a los requisitos de segregación para los alcohólicos; la segregación en relación con las sustancias orgánicas líquidas; la clasificación y el transporte del carbono, tras incidentes que impliquen la ignición espontánea del carbón; la clasificación de las cisternas portátiles de las Naciones Unidas para el transporte multimodal; y las disposiciones relativas a las etiquetas.


1 de enero de 2024 – Registros del equipo del SOLAS, código FSS, código IGF, código LSA
Adoptado por el MSC 101:

Enmiendas al apéndice del anexo del Convenio SOLAS 1974, relativas a la adición de una nota de pie de página a los Formularios C, E y P en los Registros de Equipo.

Enmiendas al capítulo 15 del Código Internacional de Sistemas de Seguridad contra Incendios (Código FSS), relativo a los sistemas de gas inerte.

  • Enmiendas a las partes A y A-1 del Código Internacional de Seguridad para los Buques que Utilizan Gases u Otros Combustibles de Bajo Punto de Influencia (Código IGF), incluidas las relativas a los reglamentos sobre el límite de carga de los tanques de combustible de gas licuado, los reglamentos para la distribución de combustible fuera del espacio de las máquinas, los reglamentos para los motores de combustión interna de tipo pistón y la protección contra incendios para el espacio de bodega de almacenamiento de combustible; y las enmiendas relativas a la protección del suministro de combustible para los tanques de combustible de gas licuado, destinadas a prevenir las explosiones.


Enmiendas a los capítulos IV y VI del Código Internacional de Aparatos de Salvamento (Código LSA), relativas a los requisitos generales para los botes salvavidas y los dispositivos de lanzamiento y embarque.
Adoptada por el MSC 102: amarre seguro

  • Enmiendas al capítulo II-1 del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), relacionadas con el remolque y el amarre. Las enmiendas a la regla II-1/3-8 del SOLAS (Equipo de remolque y amarre), exigen diseños apropiados y seguros de los dispositivos de amarre e introducen un régimen de mantenimiento e inspección, así como la documentación adecuada. También se aprobaron directrices conexas, que abarcan el diseño de los dispositivos de amarre y la selección del equipo y los accesorios de amarre apropiados para un amarre seguro; y la inspección y el mantenimiento del equipo de amarre, incluidos los cabos, así como una orientación revisada sobre el equipo de remolque y amarre de a bordo.


Enmiendas a las partes B-1, B-2 y B-4 del capítulo II-1 del Convenio SOLAS relativas a los requisitos de integridad de la estanqueidad. Se prevé que las enmiendas entren en vigor el 1º de enero de 2024.

  • Enmiendas al Código Internacional de Seguridad para Buques que Utilicen Gases u otros Combustibles de Bajo Punto de Inflamación (Código IGF), relacionadas con los sistemas de contención de combustible, la seguridad contra incendios, la soldadura de materiales metálicos y los ensayos no destructivos.
  • Enmiendas al Código Internacional de Construcción y Equipo de Buques

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