El bienestar de la gente de mar durante el brote del Coronavirus (COVID-19) puede estar siendo afectado

Las restricciones de viaje y las medidas de cuarentena que se han aplicado en todo el mundo para ayudar a limitar la propagación de COVID-19 están empezando a repercutir en las condiciones de trabajo de la gente de mar.

Esto incluye la posibilidad de que la gente de mar sea repatriada a su país al final de su servicio o que se incorpore a un barco en un puerto extranjero.

El Convenio sobre el trabajo marítimo de 2006 (CTM) contiene controles estrictos sobre los períodos de servicio en el mar y los derechos de la gente de mar a la repatriación. Estos controles son medidas importantes para defender los derechos básicos a unas condiciones de trabajo y de vida decentes, que contribuyen al bienestar de la gente de mar.

Sin embargo, las restricciones de viaje y las medidas de cuarentena para el COVID-19 pueden crear inadvertidamente situaciones en las que la gente de mar no pueda abandonar un buque al final de sus contratos y se amplíen los períodos de servicio a bordo. Esto puede, en algunos casos, desencadenar un incumplimiento del CTM.

Australia es signataria del Memorando de Entendimiento de Tokio sobre el control por el Estado Rector del puerto, una alianza de autoridades marítimas de la región de Asia y el Pacífico. Los 21 Estados miembros, incluida Australia representada por la Autoridad Australiana de Seguridad Marítima (AMSA), han convenido en adoptar un enfoque pragmático de esta cuestión.

Es importante que se respeten las medidas establecidas por diversos gobiernos para limitar la propagación de COVID-19.

Para facilitar esto en aguas australianas, la AMSA, en su calidad de autoridad de control del Estado Rector del puerto, considerará las solicitudes de los propietarios y operadores de buques para casos individuales en los que la repatriación de marinos extranjeros y los períodos de servicio se hayan visto afectados por restricciones de viaje y medidas de cuarentena.

Ello puede incluir la autorización de la prórroga del período de servicio de un marino más allá del plazo máximo permitido de 11 meses con arreglo al CTM.

Las solicitudes se examinarán caso por caso. Se pedirá a los propietarios y operadores que proporcionen un plan en el que se detalle por qué se requiere flexibilidad en virtud del CTM. En él se incluirá la manera en que se gestionará el proceso y se demostrará que la autoridad del Estado del pabellón del buque, la gente de mar y las organizaciones de gente de mar pertinentes han participado y están de acuerdo con el plan.

El Memorando de Entendimiento de Tokio contiene directrices para las compañías navieras.

Australia, a través del Departamento de Salud y de la Fuerza de Fronteras, ha publicado orientaciones para los trabajadores marítimos, incluidos los pilotos, sobre los requisitos fronterizos de Australia. Esto incluye cómo protegerse contra el COVID-19.

ibemar.net

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