Comisión Europea abre investigación sobre las exenciones fiscales de los puertos italianos

La Comisión Europea ha anunciado que ha abierto una investigación en profundidad sobre las exenciones fiscales concedidas en virtud de la legislación italiana a los puertos en un contexto de preocupación por el falseamiento de la competencia.

La investigación de la UE tiene por objeto determinar si las exenciones fiscales se ajustan a las normas de la UE sobre ayudas estatales.

La Comisión también acogió con satisfacción el compromiso asumido por España de suprimir la exención fiscal que beneficia a los puertos españoles a partir de 2020, lo que permitirá a la Comisión concluir el procedimiento relativo a España.

El Comisario Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado lo siguiente: «Si los operadores portuarios obtienen beneficios de las actividades económicas, deberían ser gravados de la misma manera que otras empresas con arreglo a la legislación fiscal nacional normal para evitar distorsiones de la competencia».

Como ha explicado la Comisión, la explotación comercial de la infraestructura portuaria, como el acceso pagado al puerto, constituye una actividad económica y las normas de la UE sobre ayudas estatales se aplican a estas actividades.

Una exención del impuesto de sociedades para los puertos que obtienen beneficios de actividades económicas les proporciona una ventaja competitiva cuando operan en el mercado interior y, por lo tanto, implica una ayuda estatal, que puede no ser compatible con las normas de la UE.

En Italia, las autoridades portuarias están totalmente exentas del impuesto de sociedades.

En España, las autoridades portuarias están actualmente exentas del impuesto de sociedades sobre la renta de sus principales fuentes de ingresos, como los derechos portuarios o los ingresos procedentes de contratos de alquiler o concesión. En el País Vasco, las autoridades portuarias están actualmente exentas del impuesto de sociedades.

En enero de 2019, la Comisión invitó a Italia y España a adaptar su legislación para garantizar que, a partir del 1 de enero de 2020, los puertos pagaran el impuesto de sociedades del mismo modo que otras empresas de Italia y España, respectivamente, de acuerdo con las normas de la UE sobre ayudas estatales.

Al contrario que España, Italia no ha aceptado modificar su legislación sobre el impuesto de sociedades, como propuso la Comisión en su decisión de enero de 2019. Por esta razón, la Comisión ha abierto ahora una investigación en profundidad para evaluar si se confirman o no sus preocupaciones iniciales por lo que se refiere a la compatibilidad de las exenciones fiscales para los puertos italianos con las normas sobre ayudas estatales de la UE.

En caso afirmativo, la exención del impuesto de sociedades para los puertos italianos también equivaldría a una «ayuda existente», puesto que ya existían antes de la adhesión de Italia a la UE y la Comisión no podría pedir a Italia que recuperara las ayudas ya concedidas.

La Comisión ha explicado que la supresión de las ventajas fiscales no significa que los puertos ya no puedan recibir ayudas estatales. Los Estados miembros tienen muchas posibilidades de apoyar a los puertos de conformidad con las normas sobre ayudas estatales de la UE, por ejemplo, para alcanzar los objetivos de transporte de la UE o para realizar las inversiones necesarias en infraestructuras que no habrían sido posibles sin la ayuda pública.

Esto significa que los Estados miembros pueden invertir hasta 150 millones de euros (165,9 millones de dólares) en puertos marítimos y hasta 50 millones de euros (55,3 millones de dólares) en puertos interiores con total seguridad jurídica y sin verificación previa de la Comisión. El reglamento permite a las autoridades públicas, por ejemplo, cubrir los costes de dragado en los puertos y las vías de acceso a las aguas.

ibemar.net

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